Las novedades fiscales de 2021 que como autónomo más te pueden interesar son:
Se reduce el límite de 8.000€ a 2.000€ en las aportaciones a los planes de pensiones.
Cómo autónomo sabes que una de las fórmulas para optimizar tu declaración de la renta es aportar dinero a tu plan de pensiones. El máximo que se podía aportar era de 8.000€ . A partir de 2021 ese limite será de 2.000€.
Se modifican los tipos impositivos del IRPF de la forma siguiente:
a) Si tienes ingresos por nómina, beneficios en tu actividad de autónomo, o ingresos por alquiler. Hasta 2021 los tipos de IRPF estatales que gravaban estos ingresos eran los siguientes:
A partir de 2021 se añade un nuevo tramo a la escala para ingresos superiores a 300.000€ que se gravan a un 24,50%.
b) Si has vendido acciones, una casa, tienes ingresos por intereses del banco, o por acciones. Hasta 2021 los tipos de gravamen aplicados en IRPF eran:
A partir de 2021 se añade un nuevo tramo para cantidades superiores a los 200.000€ del 26%.
Se aumenta del 10% al 21% el IVA de las bebidas azucaradas o edulcoradas
Se reduce a 1.000€ el limite de los pagos en metálico
Hasta 2021 cómo autónomo podías pagar en dinero metálico o efectivo a un proveedor un factura cuyo importe no superase los 2.500€. A partir de ahora este importe no podrá ser superior a 1.000€
Cualquier persona que importe bienes del extranjero en nombre o cuenta de un tercero será responsable subsidiario de pago del IVA en la Aduana.
El ejemplo más típico es el siguiente. Eres un autónomo que te dedicas a la intermediación. Compras en China bienes a nombre de tu cliente español. Esos bienes entran por la Aduana española. Tu cliente tiene que pagar en Aduana el IVA de esos productos. Si no lo hace será tú quien tendrá que pagarlo.
Se reduce los % de recargos cuando se presentan los impuestos fuera de plazo.
Si como autónomo presentas un impuesto fuera de plazo y siempre que Hacienda no te pille, o sea, no te requiera su presentación, el recargo pasa a ser de un 1% por casa mes de retraso. Ejemplo. En Enero 2020 tienes que presentar el 303. No lo haces, lo presentas en febrero. El recargo será de un 1%.
Si quieres saber qué recargos se aplicaban antes de esta modificación en este artículo te lo explicamos.
Cambios en la solicitud de un aplazamiento o fraccionamiento en el pago de tus impuestos. Si pides un aplazamiento o fraccionamiento en el pago de tus impuestos y Hacienda te lo deniega, aunque lo vuelvas a pedir, Hacienda te exigirá que lo ingreses en su totalidad. De no hacerlo, te podrá embargar la cuenta.
Se sube la cuota de autónomos. La cuota de autónomos mínima será de 289€ al mes. En caso de cotizar por autónomo societario entonces será de 371,51€. La tarifa plana se mantiene en 60€
El interés legal del dinero se fija en un 3% mientras que el interés de demora será de un 3,75%.