Durante el mes de Febrero a los que somos autónomos Hacienda nos pide que presentemos el Modelo 347. Este modelo es informativo e incluye las ventas a un mismo cliente y compras a un mismo proveedor de todo el año si superan los 3.005,06€.
Como el Modelo 347 te sale automático si usas Declarando para llevar tu contabilidad, te indico que operaciones se trasladarán a este formulario si eres de los OBLIGADOS a presentarlo.
Por la parte de INGRESOS se trasladarán al Modelo 347 las siguientes:
1. Las ventas a otros autónomos o empresas españoles que no llevan IRPF y superen el límite de los 3.005,06€. Es decir, si eres un autónomo que factura con IRPF, tus ventas o ingresos no se incluirán en este formulario.
2. Las ventas a clientes de fuera de la U.E. que sean de servicios. No se trasladarán las ventas de bienes porque son exportaciones y pasan por Aduana, por tanto, Hacienda ya tiene conocimiento de esta operación.
Las ventas europeas de bienes o servicios no se trasladan. Esa información Hacienda la tiene con el Modelo 349. Tampoco lo harán los ingresos sin factura o con factura cuando no se tenga identificado al cliente p.e. las facturas a clientes VARIOS
3. Las ventas a clientes particulares a los que les hemos emitido una factura completa, conforme a este artículo, porque así nos lo han pedido y nos han facilitado sus datos identificativos. No se trasladarán los ingresos que estén relacionados con una actividad de Recargo de Equivalencia ni tampoco los relacionados con una actividad Exenta de IVA.
Por la parte de GASTOS se trasladarán al Modelo 347 las siguientes
1. Los Gastos Tipo Normal, de Inversión o con Recargo de Equivalencia que no lleven IRPF.
2. Los Gastos Tipo No Europeos de servicios. Los de bienes son importaciones que pasan por Aduana y Hacienda ya los conoce
Ni los gastos de alquiler ni los gastos europeos se trasladan al 347. Son operaciones que Hacienda conoce por medio de otros modelos como el 349 o el 180.
Para ampliar la información sobre este formulario, te recomendamos que consultes nuestra guía: modelo 347 para autónomos.