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7 cosas que debes conocer antes de darte de alta de autónomo en la Seguridad Social

Descubre lo más importante antes de darte de alta como autónomo en la Seguridad Social.

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Escrito por Andrea Ramos
Actualizado hace más de un año

Antes de darte de alta de autónomo en la Seguridad Social debes de tener claro distintos aspectos que afectan a distintos aspectos como el pago de cotizaciones mensuales o las bonificaciones.

A continuación te destacamos los 7 elementos más importantes.

1) Bonificaciones

Al darte de alta de autónomo, comprueba si puedes aplicarte alguna bonificación en tu cuota de autónomo de la Seguridad Social.

La cuota de autónomo es lo que pagas cada mes a la Seguridad Social en concepto de cotización para tener una cobertura sanitaria o derecho al “paro del autónomo”.

Al iniciar una actividad por cuenta propia por primera vez, puedes acceder a más de una bonificación en la cuota, pero tendrás que elegir con cuál te quedas al ser incompatibles entre ellas.

A continuación te mostramos las distintas bonificaciones.

Bonificación por tarifa plana

Al darte de alta de autónomo en la Seguridad Social, podrás solicitar la tarifa plana siempre que cumplas los requisitos.

La tarifa plana consiste en una cuota de autónomo fija de 85,71 € mensuales durante los primeros 12 meses de actividad.

Si pasado este periodo prevés unos ingresos netos por debajo del salario mínimo interprofesional (SMI), podrás prorrogar la tarifa plana 12 meses más.

Caso especial: autónomos en pluriactividad

Si al darte de alta de autónomo trabajas también por cuenta ajena, el pago por contingencias comunes (enfermedad y accidente no laborales) es opcional en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA), siempre y cuando cotices por esta cobertura en el régimen general (como empleado).

También tienes derecho a la devolución del 50 % del exceso cotizado por contingencias comunes en ambos regímenes.

La Seguridad Social te abonará este exceso al siguiente año, en un plazo máximo de 4 meses.

Estos beneficios son incompatibles con la tarifa plana, por lo que tendrás que decidirte por uno de los dos.

Caso especial: autónomo societario

Si cumples los criterios para ser autónomo societario, también podrás beneficiarte de la tarifa plana.

2) Cotización

Como autónomo debes cotizar a la Seguridad Social según tus rendimientos netos (o ingresos reales).

Los rendimientos netos son el resultado de restar tus ingresos y gastos (sin contar la cuota de autónomo) y aplicarles un 7 % por deducción de gastos genéricos y restarlos.

A partir de ahí, deberás elegir una base de cotización dentro del tramo que te corresponda por tus rendimientos netos.

La cuota de autónomo que pagues cada mes es el 31,20 % de tu base de cotización. En 2023, la cuota mínima es de 230 € al mes.

3) Mutua

Al darte de alta de autónomo, tienes que elegir una de las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.

Esa mutua te pagará en caso de baja por enfermedad.

Si no eliges una mutua, en Declarando indicaremos en tu alta a la FREMAP.

4) Cuenta bancaria

Cuando te das de alta de autónomo, autorizas a la Seguridad Social a que te cargue la cuota mensual en la cuenta bancaria que has indicado en el formulario de alta.

Revisa que el número de cuenta esté correcto en el borrador de alta que te enviamos antes de tramitarla.

También ten cuenta lo siguiente sobre la cuenta bancaria:

Finalmente, te recomendamos revisar con regularidad el saldo de tu cuenta bancaria para hacer el pago de la cuota de autónomo.

5) Plazos de pago

Existe unos plazos para pagar la cuota de autónomo a la Seguridad Social. Estos plazos son los siguientes:

Por lo general, al ser un pago domiciliado, no tienes que hacer nada.

Ahora bien, si la Seguridad Social no ha podido hacer el cargo porque no había saldo en tu cuenta bancaria, tendrás que asumir un recargo al pagarla con retraso.

6) Paro (prestación por desempleo)

Si al darte de alta en autónomo estabas cobrando el paro (la prestación por desempleo), tienes las siguientes opciones:

  • Compatibilizarlo con tu actividad de autónomo. Tienes 15 días desde la fecha de inicio de tu actividad como autónomo para solicitarlo.

  • Suspender su cobro mientras eres autónomo. Podrás reactivarlo si te das de baja de autónomo dentro de un plazo de 5 años desde el alta.

  • Capitalizar el paro. Consiste en cobrar todo el paro de una vez para usarlo en tu actividad de autónomo.

7) Número de la Seguridad Social

Si al darte de alta de autónomo ya tenías el número de la Seguridad Social, comprueba que sea correcto.

El número de la Seguridad Social puedes consultarlo en varios lugares:

  • En tu nómina si trabajaste antes (o todavía trabajas) por cuenta ajena.

  • En tu tarjeta sanitaria.

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