La prestación por nacimiento, maternidad o paternidad

Descubre cómo funciona la prestación de maternidad y paternidad, conocida oficialmente como prestación por nacimiento y cuidado del menor.

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Escrito por Andrea Ramos
Actualizado hace más de una semana

La prestación por maternidad y paternidad se conoce desde 2019 como prestación por nacimiento y cuidado del menor.

Así que, en este artículo, nos referiremos a la prestación por maternidad y paternidad por su nombre oficial, es decir, prestación por nacimiento y cuidado del menor.

¿Qué es la prestación por nacimiento y cuidado del menor?

La prestación por nacimiento y cuidado del menor es una prestación contributiva de la Seguridad Social.

A continuación te mostramos sus principales características:

  • Su duración es de 16 semanas desde la fecha del parto o, si se notifica el inicio de la baja con fecha anterior al parto, a partir de esa notificación.

  • La madre puede anticipar este periodo hasta 4 semanas antes de la fecha previsible del parto.

  • Se trata de una prestación individual, independiente e intransferible entre los progenitores, lo que quiere decir que no podrás transferir una parte de tu prestación al otro progenitor.

  • Las primeras 6 semanas son obligatorias para los dos progenitores. Las 10 semanas siguientes son voluntarias.

  • A esta prestación pueden acceder tanto los trabajadores por cuenta propia (los autónomos) como los trabajadores por cuenta ajena.

  • Si eres autónomo, esta prestación implica no facturar a tus clientes durante el tiempo que estés de baja, es decir, durante 16 semanas.

¿Qué requisitos debes cumplir?

Para acceder a la prestación por nacimiento y cuidado del menor, debes cumplir los requisitos siguientes:

  • Tienes que estar dado de alta como autónomo en Hacienda y Seguridad Social.

  • Debes estar al corriente de todos los pagos en Hacienda y la Seguridad Social. En el caso de tener deudas, tienes 20 días para regularizar tu situación y así poder acceder a la prestación.

  • Debes haber cotizado un período mínimo que varía según la edad:

    • Para menores de 21 años no se exige un periodo mínimo.

    • Para autónomos de entre 21 y 26 años, el periodo mínimo de cotización deberá ser de al menos 90 días en los 7 años anteriores al momento del inicio de la prestación o de 180 días cotizados a lo largo de la vida laboral.

    • Para los autónomos mayores de 26 años, el periodo mínimo será de al menos 180 días en los 7 años antes del inicio de la prestación o 360 días a lo largo de toda la vida laboral.

Antes de continuar explicándote los distintos aspectos de esta prestación, te explicaremos cómo puedes saldar por internet tus deudas con Hacienda y la Seguridad y cómo consultar tu informe de vida laboral.

Cómo saldar por internet tus deudas con la Seguridad Social y Hacienda

Si tienes deudas con la Seguridad Social o Hacienda, y quieres saldarlas para poder beneficiarte de la prestación por nacimiento o cuidad del menor, sigue estos pasos:

  • Para pagar tus deudas con la Seguridad Social: accede su sede electrónica y en el apartado de "Recaudación" podrás pagar tus deudas con la opción de "Pago con tarjeta".

  • Para pagar tus deudas con Hacienda: accede a su sede electrónica y clica en “Todas las gestiones”, luego en “Otros servicios” y, finalmente, en “Pago de impuestos”. Al entrar, podrás elegir la forma de pago que más te convenga (con cargo a tu cuenta o a tu tarjeta de crédito).

Para realizar estos trámites necesitarás el DNI electrónico, el certificado digital o la Cl@ve PIN.

Cómo consultar tu informe de vida laboral

Para saber cuánto tiempo llevas cotizando a la Seguridad Social, puedes solicitar tu informe de vida laboral.

Para ello sigue estos pasos:

Para pedir tu vida laboral no necesitas el DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve Pin. Puedes acceder con un SMS en tu móvil.

¿Qué ocurre si no reúnes los requisitos?

Si no reúnes los requisitos para beneficiarte de la prestación por nacimiento o cuidado del menor, podrás beneficiarte de una asignación económica de 537,84 € mensuales durante 42 días.

Si eres la madre biológica, quedarás exenta de pagar la cuota de autónomo.

¿Qué documentación necesitas para solicitar la prestación por nacimiento y cuidado del menor?

Para solicitar la prestación por nacimiento y cuidado del menor, debes recabar y preparar la siguiente documentación:

  • El modelo de solicitud cumplimentado y firmado que encontrarás en la página web de la Seguridad Social.

  • El informe del hospital para acreditar el nacimiento del menor o del registro civil, si dispones de él.

  • El libro de familia.

  • Una fotocopia del documento de identificación personal (DNI o NIE).

  • Justificante de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA). En tu cuenta de Declarando lo encontrarás en tu perfil, clicando en la pestaña de “Alta autónomo”.

¿Cómo solicitar la prestación por nacimiento y cuidado del menor?

Para solicitar la prestación por nacimiento y cuidado del menor, sigue las siguientes indicaciones:

  • Entra en la sede electrónica de la Seguridad Social y clica en “Ciudadanos” y luego en “Familia”.

  • Elige la opción de “Nacimiento y Cuidado del Menor”. Necesitarás el DNI electrónico, el certificado digital o la Cl@ve PIN para acceder al trámite.

  • Rellena la información que te aparece en el formulario: tipo de solicitud (“madre biológica” u “otro progenitor”), fecha de nacimiento del menor y fecha de inicio del descanso. A continuación, deberás adjuntar la documentación mencionada en el apartado anterior.

Si no dispones de certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico, podrás aportar la documentación mencionada utilizando el siguiente servicio de la sede electrónica de la Seguridad Social: Prestaciones de otros escritos, solicitudes y comunicaciones

Por último, deberás incluir a tu hijo como beneficiario de la asistencia sanitaria. Para hacerlo, entra en la sede electrónica de la Seguridad Social, clica sobre “Ciudadanos” y, finalmente, accede en “Asistencia sanitaria” para inscribir a tu hijo.

¿Qué implica beneficiarte de la prestación por nacimiento y cuidado del menor?

Beneficiarte de la prestación por nacimiento y cuidado del menor tiene las siguientes implicaciones:

  • Si eres la madre, tienes derecho a acceder a una bonificación de 12 meses de la tarifa plana, siempre que no hayas cesado tu actividad y te reincorpores a esta durante los dos años siguientes a la baja por nacimiento.

  • Tanto si eres el padre como si eres la madre, estarás exento de pagar la cuota mensual de la Seguridad Social el tiempo que dure la prestación.

  • La prestación económica que obtendrás será equivalente al 100 % de la base reguladora. Esta se calcula teniendo en cuenta la base de cotización de los 6 meses anteriores a la baja dividida por 180 días. Esto te dará el importe diario de la prestación.

Ejemplo de cálculo de la prestación por nacimiento y cuidado del menor

Si como autónomo cotizas por una base de 960,60 € al mes, y acabas de tener un hijo, el cálculo de la prestación por nacimiento y cuidado del menor sería así:

  • Multiplica tu base de cotización (960,60 €) por 6 meses (el resultado será 5.763,60 €)

  • Divide este resultado (5.763,60 €) entre 180 días.

El resultado final (32,02 €) será la cantidad diaria que recibirás por esta prestación durante el tiempo que estés de baja.

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