Las Islas Canarias son un territorio singular por lo que hace al impuesto sobre el valor añadido (IVA).
Aunque forman parte de España, la normativa del IVA considera que las Islas Canarias son un territorio de fuera de la Unión Europea (UE).
Y por ese motivo tu proveedor no debe aplicarte el IVA ni el impuesto general indirecto canario (IGIC), que es lo equivalente al IVA en la Península y las Islas Baleares.
Para saber cómo registrar en tu contabilidad de autónomo una compra que has realizado a un proveedor de las Islas Canarias, debes tener en cuenta si se trata de un bien o de un servicio.
Si compras un bien a las Islas Canarias
Si compras un bien (o producto) a un proveedor canario, esta operación se considera una importación y, por tanto, debes registrarla en tu cuenta de Declarando como un gasto con factura.
Si compras un servicio a las Islas Canarias
Si compras un servicio a un proveedor canario, debes registrar la factura como un gasto no europeo, pero indicando que es un servicio.
Sigue los siguientes pasos para hacerlo correctamente:
Entra en el apartado “Tus gastos”.
Añade un “gasto con factura”.
Rellena la información del gasto (fecha, número de factura, proveedor, etc.). En la ficha del proveedor indica que es de Canarias.
Indica el porcentaje de deducción. Será del 100 % si es un servicio que necesitas para trabajar.
Señala que es un “Servicio”.
Introduce el importe que has pagado.
¿Qué ocurre si mi proveedor me aplica el IGIC?
Si tu proveedor te aplica el IGIC es porque te está tratando como si fueras un particular. Debes explicarle que eres autónomo para que modifique la factura.
Si no lo hace, deberás registrar el importe del IGIC como un gasto sin factura.