El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) grava el consumo tanto de bienes como servicios. Está compuesto por tres elementos:
La Base imponible: es el importe total de la entrega de bienes o de la prestación de servicios, es decir, lo llamado como el precio bruto.
El tipo impositivo: es el porcentaje que se aplica sobre la base imponible para determinar el importe total.
La cuota del IVA: es el resultado de aplicar el tipo impositivo sobre la base imponible.
En España en función del sector al que pertenece el bien o el servicio, existen tres tipos de IVA:
1-. El tipo general del 21%
Como regla general en España se exigirá el 21% de IVA salvo que se trate de bienes o servicios específicos, para los que la normativa establece otro tipo impositivo distinto.
2-. El tipo reducido del 10%
Se aplicará el 10% de IVA cuando se trate de los siguientes bienes:
1º Las sustancias o productos, cualquiera que sea su origen que sean susceptibles de ser habitual e idóneamente utilizados para la nutrición humana o animal. En este apartado no se incluyen las bebidas alcohólicas, refrescos ni bebidas azucaradas (aplicarán el tipo general)
2º Animales, vegetales y demás productos destinados a la obtención de productos para la nutrición humana o animal, animales reproductores y los destinados a su engorde antes de su consumo
3º Bienes utilizados en actividades agrícolas, forestales o ganaderas: semillas, fertilizantes, residuos orgánicos, correctores y enmiendas, herbicidas, plaguicidas, plásticos y bolsas de papel para cultivos.
4º Aguas aptas para la alimentación humana o animal o para el riego, incluso en estado sólido
5º Medicamentos para uso animal
6º Productos farmacéuticos de uso directo por consumidor final (guatas, gasas, vendas...), compresas, tampones, protegeslips, preservativos y otros anticonceptivos no medicinales
7º Equipos médicos, aparatos y demás instrumental diseñados por sus características objetivas para uso personal y exclusivo de personas con deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales. Se incluyen las gafas graduadas, lentillas y productos para su cuidado. No se incluyen los productos cosméticos
8º Semillas, bulbos, esquejes y otros productos vegetales usados en la obtención de flores y plantas vivas Flores y plantas vivas de carácter ornamental.
Los servicios que aplican el tipo reducido son:
1.º Los transportes de viajeros y sus equipajes.
2.º Los servicios de hostelería, acampamento y balneario, los de restaurantes y, en general, el suministro de comidas y bebidas para consumir en el acto, incluso si se confeccionan previo encargo del destinatario.
4.º Los servicios de limpieza de vías públicas, parques y jardines públicos.
5º La entrada a bibliotecas, archivos y centros de documentación, museos, galerías de arte, pinacotecas, salas cinematográficas, teatros, circos, festejos taurinos, conciertos, y a los demás espectáculos culturales en vivo.
6.º Los espectáculos deportivos de carácter aficionado.
7.º Las exposiciones y ferias de carácter comercial.
10.º Las ejecuciones de obra de renovación y reparación realizadas en edificios o partes de los mismos destinados a viviendas, cuando se cumplan los requisitos, establecidos en este artículo.
13.º Los prestados por intérpretes, artistas, directores y técnicos, que sean personas físicas, a los productores de películas cinematográficas susceptibles de ser exhibidas en salas de espectáculos y a los organizadores de obras teatrales y musicales
14º Las entregas de objetos de arte realizadas por sus autores.
3-. El tipo superreducido del 4%
1º El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.
2º Las harinas panificables.
3º Los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasteurizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
4º Los quesos.
5º Los huevos.
6º Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.
7º Los libros, periódicos y revistas, incluso cuando tengan la consideración de servicios prestados por vía electrónica.
8º Las prótesis, ortesis e implantes internos para personas con discapacidad
En este documento podéis encontrar de una forma más detallada todo los tipos impositivos de IVA.
Existen otro tipo de entregas de bienes y de prestaciones de servicios que están exentos de IVA, es decir que el tipo impositivo sería 0. Son los previstos en el art. 20 de la Ley del IVA.