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Facturas de ventas a clientes: Casos comunes a todos los regímenes
Como hacer Facturas de Ingresos cuando mi Actividad es de Comercio Mayor
Como hacer Facturas de Ingresos cuando mi Actividad es de Comercio Mayor

Tengo una actividad de comercio mayor y no entiendo como hacer mis facturas de venta.

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Escrito por Marta Zaragoza
Actualizado hace más de una semana

Una actividad de comercio mayor para Hacienda es una actividad clasificada como empresarial y por tanto:

  • Tienes que aplicar el % de IVA que te corresponda en función de los productos que vendes

  • No aplicas NUNCA IRPF ni del 7% ni del 15%. 

Particularidad:

El Recargo de Equivalencia es un % que se aplica en las facturas de venta además del IVA correspondiente CUANDO:

  • Tu actividad es de comercio mayor

  • Tu cliente tenga una actividad de comercio menor, esté dado de alta en el régimen de IVA de Recargo de Equivalencia y así te lo haya informado.

Si se cumplen las CONDICIONES anteriores aplicarás el % de recargo de equivalencia a tus facturas de venta, además del IVA. El % de recargo de equivalencia que tendrás que aplicar, varía en función del % de IVA que te corresponde. Por eso será del :

       - 5,2% si el IVA que aplico es del 21%
       - 1,4% si el IVA que aplico es del 10%
       - 0,5% si el IVA que aplico es del 4%

EJEMPLO: Eres una fábrica que comercializa fruta deshidratada y tus clientes son tiendas de alimentación. Estas tiendas son comercio minorista y así te lo han informado, por lo que cuando les vendas tus productos les aplicarás Recargo de Equivalencia en tus facturas además del IVA que te corresponda. 

¿Cómo sé que mi cliente está en Recargo de Equivalencia?

Cuando tus clientes tienen una actividad de comercio menor y están en Recargo de Equivalencia. Esto lo sabrás si les pides el Modelo 036 o 037 donde le informan a Hacienda de esta situación. Tendrán que comprobarlo mirando en los apartados siguientes:

- Apartado: "Declaración de Actividades Económicas y Locales" . En este apartado es donde se indica el tipo de actividad que realizamos. Tu cliente tiene que tener una actividad de comercio menor relacionada con los bienes o productos que le vas a vender. En el ejemplo anterior la actividad de comercio menor podría ser el comercio menor de productos alimenticios 

- Apartado: "Impuesto sobre el Valor Añadido" En este apartado se informa a Hacienda del sistema de IVA que vas a utilizar en tu actividad. Los que van a Recargo de Equivalencia indican ALTA en la casilla 514.

¿Cómo tengo que hacer mis facturas de venta cuando aplico Recargo de Equivalencia?

Usando Declarando es muy fácil porque el recargo de equivalencia se calcula sólo cuando le indicas que SI lo quieres añadir a tu factura. Por tanto, los PASOS serán

  1. Entras en el Apartado Tus Ingresos

  2. Añades un Ingreso 

  3. Rellenas la info que te pedimos (IAE, fecha...) IMPORTANTE: Si no has dado de alta este CLIENTE lo puedes añadir desde el mismo formulario pinchando en el botón azul de "Añadir Cliente".  Recuerda que tiene que ser un tipo de cliente "empresa o autónomo español".

  4. Indicas que SI quieres RE. Por defecto sale marcado que No.

   5. Indica el importe cobrado o bien el importe sin IVA. Verás que el resto de importes se calculan solos. Te recuerdo que el importe sin IVA es el precio de tus productos sin tener en cuenta los impuestos. 

IMPORTANTE: Aunque hagas facturas con Recargo de Equivalencia en tu Perfil no tienes que marcas que están en RE. La opción RE tiene que estar desactivada. 

Sin tú hacer nada, tanto el IVA como el Recargo de Equivalencia se trasladarán de forma automática a tu Modelo 303 de IVA, que lo tendrás listo para presentar en el Apartado Tus Impuestos

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