Algunos autónomos deben aplicar retenciones de IRPF en sus facturas de venta.
Te explicamos a continuación cuándo hay que aplicarlas y cómo hacerlo en tu cuenta de Declarando.
Facturas de venta con retención de IRPF: requisitos
Tus facturas de venta llevarán retención de IRPF si como autónomo cumples los siguientes requisitos:
Ejerces una actividad profesional, artística o deportiva. Para saberlo, consulta el justificante de alta de autónomo en Hacienda (modelo 036 o 037). En la página 4, apartado "Declaración de actividades económicas y locales", aparecerá indicado el código “A05 Profesional” o “A04 Artísticas y Deportivas”.
Tus clientes son empresas o autónomos españoles.
¿Qué tipo de retención se aplica en las facturas y cómo?
Si cumples los requisitos indicados en el apartado anterior, ten presente lo siguiente:
Deberás aplicar el tipo de retención de IRPF que te corresponda. Para actividades profesionales y artísticas, la retención es del 15 %, pero si eres nuevo como autónomo puedes aplicar el 7 % durante el primer año de actividad y los dos siguientes.
El importe de la retención de IRPF va en negativo en la factura. Esto se debe a que la retención es un dinero que tu cliente se lo guarda y lo ingresa en tu nombre a Hacienda como pago anticipado de tu impuesto de la renta.
Ejemplo de factura con retención de IRPF
Pongamos que vendes un producto por 1.000 €.
A esa cantidad le tienes que sumar el IVA (210 € si aplicas el tipo general del 21 %) y restarle la retención de IRPF del 15% (150 €).
El importe final de la factura sería el resultado de esta operación:
1000 + 210 - 150 = 1.060 €
Los 210 € de IVA deberás entregárselos a Hacienda (con el modelo 303 de IVA trimestral) y los 150 € de retención se los ingresará tu cliente como pago anticipado de tu impuesto de la renta.
Cómo hacer facturas de venta con retención de IRPF en Declarando
Para hacer tus facturas de venta con retención de IRPF en tu cuenta de Declarando, sigue estos pasos:
Entra en el apartado de “Ingresos”.
Clica sobre “Añadir ingreso” y luego “Con factura”.
Señala la actividad o IAE a la que se refiere.
Rellena los datos de la factura (fecha, cliente, etc.).
El tipo de IRPF se indicará automáticamente, teniendo en cuenta tu actividad, la fecha de alta de autónomo indicada en tu perfil y el tipo de cliente al que vas a facturar.
Te recordamos que tus clientes pueden ser:
Empresas o autónomos españoles.
Particulares españoles, europeos o no europeos.
Empresas o autónomos europeos.
Empresas o autónomos no europeos.
El tipo de cliente lo eliges en el momento de darlo de alta en el apartado "Clientes".
¿Cuándo tus facturas no llevarán retención de IRPF?
Tus facturas de venta no llevarán retención de IRPF cuando:
Tus clientes son particulares.
Tus clientes son empresas o autónomos de fuera de España (europeos o no europeos).
Tu actividad es empresarial (es la identificada en Hacienda con el código “A03 Resto Empresarial”), salvo en el caso de las actividades de agricultura o ganadería.