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Que coberturas se incluyen en mi cuota de autónomo

Te explicamos qué coberturas sociales incluye tu cuota de autónomo y las excepciones.

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Escrito por Andrea Ramos
Actualizado hace más de un año

La cuota de autónomo que pagas cada mes a la Seguridad Social cubre una serie de prestaciones sociales que se agrupan en coberturas.

Estas coberturas son, en su mayoría, obligatorias. Sin embargo, existen unas excepciones.

A continuación, te explicamos con más detalle qué cubre tu cuota de autónomo.

Coberturas obligatorias en tu cuota de autónomo

Las coberturas obligatorias son aquellas que no puedes decidir si incluirlas o no en tu cuota de autónomo.

Esto es así porque, por ley, no te queda más remedio que pagarlas.

Esas coberturas obligatorias son las siguientes:

  • Contingencias comunes. Cubren enfermedades o accidentes no laborales. Pagas el 28,30 % de tu base de cotización.

  • Contingencias profesionales. Te cubren en caso de accidentes o enfermedades profesionales. Pagas el 1,30 % de tu base de cotización.

  • Cese de actividad. Es el conocido “paro del autónomo”. Te cubre en caso de que te veas obligado a poner fin a tu actividad. Pagas el 0,90 % de tu base de cotización.

  • Formación profesional. Está pensada para ayudarte a tu integración en el mercado laboral. Supone el 0,10 % de tu base de cotización.

  • Mecanismo de equidad intergeneracional (MEI). Diseñado para hacer sostenible el sistema público de pensiones. Pagas el 0,6 % de tu base de cotización.

Excepciones

En determinados casos, puedes decidir no incluir en tu cuota de autónomo determinadas coberturas.

Estas excepciones se dan, principalmente, en las siguientes situaciones:

  • Pluriactividad. Si eres autónomo y también trabajas por cuenta ajena, el pago por contingencias comunes no es obligatorio.

  • Tarifa plana. Si te beneficias de esta bonificación en la cuota de autónomo, la cotización por cese de actividad y formación es opcional.

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