Primero has de diferenciar si lo que vendes son bienes o servicios. La forma de cómo vas a hacer tu factura de venta va a ser distinta:
A) En el caso de que vendas BIENES:
1. Si vendes bienes que vas a transportar con destino a tu cliente no europeo se considera una operación de EXPORTACIÓN. Estos bienes saldrán del territorio español por la Aduana. Y supone hacer tu factura como si se tratase de un empresario o autónomo no europeo, da igual que se trate de un particular, es decir, elegirás como tipo de cliente " no europeo" para que el tipo de IVA sea del 0%.
Para hacer tu factura de venta seguirás los pasos siguientes:
Entras en el Apartado de Tus Ingresos
Añades un Ingreso con Factura
Eliges el IAE de la actividad por la que vas a facturar
Indicas la fecha de la factura
Eliges el cliente. Si no lo tienes creado puedes hacerlo pinchando en el botón azul de "añadir cliente". RECUERDA que el tipo de cliente será "No Europeo"

Indicas que se trata de un bien
Indicas el importe del bien que vas a vender
Guardas el registro del ingreso. Si quieres enviar a tu cliente la factura entonces la guardas y generas pdf.
2. Si vendes bienes que no vas a transportar con destino a tu cliente no europeo entonces será una venta nacional. Elegirás como tipo de cliente "particular" y aplicarás el 21% de IVA
Para confeccionar tu factura de venta seguirás los pasos anteriores con la única diferencia de que el tipo de cliente tendrá que ser "particular" y debes de elegir el 21% de IVA

B) En el caso de que prestes SERVICIOS:
Si vendes servicios se considera una operación SUJETA localizada en España y por tanto lleva IVA español. Tendrás que elegir como tipo de cliente "particular" y aplicar el 21% de IVA. Seguirás los mismos pasos que en el punto 2 anterior para confeccionar tu factura de venta.
Sin embargo, hay determinados servicios que son EXCEPCIONES a la regla general anterior. Si prestes los servicios descritos a continuación la operación se considerará NO SUJETA. Tendrás que elegir como tipo de cliente " no europeo" para que no te aplique IVA en tu factura.
Estos servicios no sujetos son:
- Servicios de Publicidad
- Servicios de asesoría, consultoría, ingeniería etc..
- Servicios de traducción de Textos
- Servicios de tratamiento de datos y suministro de información
- Servicios de operaciones de seguro y capitalización
- Doblaje de pelis
- Cesión de Personal
- Arrendamiento de bienes muebles
- Cesión de derechos de autor, patentes, marcas
Para confeccionar en estos casos tú factura de venta seguirás los mismos pasos que en punto 1 de apartado A) anterior, con la diferencia de que marcarás que son "servicios" en lugar de bienes.