Primero has de diferenciar si lo que vendes son bienes o servicios. La forma de cómo vas a hacer tu factura de venta va a ser distinta:
A) En el caso de que vendas BIENES:
1. Si vendes bienes que vas a transportar con destino a tu cliente no europeo, desde España se considera una operación de EXPORTACIÓN. Estos bienes saldrán del territorio español por la Aduana.
Para hacer tu factura de venta seguirás los pasos siguientes:
Entras en el Apartado de Tus Ingresos
Añades un Ingreso con Factura
Indicas la fecha de la factura
Eliges el IAE de la actividad por la que vas a facturar
Eliges el cliente. Si no lo tienes creado puedes hacerlo pinchando en el botón "añadir datos del perceptor creando nuevo cliente"
Indicas el país desde el que opera tu cliente.
Indicas el concepto (el producto que vas a vender) y que se trata de un bien
Indicas el importe del bien que vas a vender
Pinchas en "generar ingreso" para crear la factura
B) En el caso de que prestes SERVICIOS:
Si vendes servicios como regla general se considera una operación SUJETA localizada en España y por tanto lleva IVA español.
Existen reglas especiales para algunos servicios que determinan que la operación se considere NO SUJETA, es decir NO aplicas IVA español. En Declarando cuando registras servicios a un particular NO EUROPEO, se aplica esta norma.
Estos servicios no sujetos son:
Servicios prestados por vía electrónica
Servicios de Publicidad
Servicios de asesoría, consultoría, ingeniería, etc.
Servicios de traducción de Textos
Servicios de tratamiento de datos y suministro de información
Servicios de operaciones de seguro y capitalización
Doblaje de pelis
Cesión de Personal
Arrendamiento de bienes muebles
Cesión de derechos de autor, patentes, marcas
Para confeccionar en estos casos tú factura de venta seguirás los mismos pasos que en punto 1 de apartado A) anterior, con la diferencia de que marcarás que son "servicios" en lugar de bienes.