Estás obligado a presentar el Modelo 130 si te encuentras en una de las 3 situaciones siguientes:
Si eres un autónomo que realiza una actividad calificada de empresarial salvo que seas modulero, es decir, estes dado de alta en el régimen de estimación objetiva.
Si formas parte de una comunidad de bienes o C.B. tienes que hacerlo con el porcentaje de ingresos y gastos que te corresponda, en función de tu participación en la "sociedad".
Si eres un autónomo que realiza una actividad profesional, excepto en el caso de que en el año anterior más de un 75% de tus ingresos estuvieron sujetos a retención. Por tanto, quizás este año no estés obligado, pero sí al siguiente.
Cuando te das de alta en Hacienda debes de indicar si estás o no obligado a presentar este modelo. Revisa la casilla 600 del modelo 037 con el que comunicaste a hacienda que te dabas de alta como autónomo. En esa casilla se indica si tienes la obligación dada de alta o no.
ACLARACIÓN ¿Qué pasa si a mitad de año presentar un Modelo 037 o 036 informando "alta" en la casilla 600?
Tendrás que presentar el Modelo 130 a partir de la fecha del alta informada. Ejemplo, si la fecha del alta que has indicado en la casilla 600 es 1-10-2020, presentarás en el cuarto trimestre del 2020 el Modelo 130 por primera vez
Tendrás que actualizar tu perfil de Declarando para activar en Tus Impuestos el Modelo 130. Para ello, entra en tu perfil, ves al apartado "Alta Autónomo" y marca SI a la casilla 600
Entra en el apartado de Tus Impuestos y en el pop-up de ayuda que te sale indica la fecha de alta en la casilla 600 y pincha en guardar
El Modelo 130 se calculará de forma automática teniendo en cuenta que lo has activado a dentro del año en curso.