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¿Qué tipo de ingreso utilizar según mi régimen?

En este artículo te explico qué tipo de ingreso debes de utilizar en función de la operación y tu fiscalidad

Escrito por Monica

🧩 ¿Qué opciones tengo para registrar mis ingresos?

Tipo de ingreso

¿Cuándo se usa?

Ingreso con factura

Cuando vendes a una empresa, autónomo o cliente extranjero, o si tu cliente particular te la pide (obligatorio en estos casos).

Ingreso sin factura

Cuando vendes a un particular y no estás obligado a emitir factura. Solo para actividades Exentas o RE.

Ingreso con factura simplificada

Solo para actividades en Régimen General: cuando vendes a un particular y no tienes sus datos.

Ingreso por subvención

Cuando recibes ayudas o subvenciones públicas o privadas.

Régimen General (RG)

  • Cliente empresa/autónomo: ➡️ Ingreso con factura

  • Cliente particular (importe < 400 € y sin datos): ➡️ Ingreso con factura simplificada

  • Has recibido una subvención: ➡️ Ingreso por subvención

Actividad Exenta

  • Cliente particular: ➡️ Ingreso sin factura

  • Cliente empresa/autónomo (que te aplica retención IRPF): ➡️ Ingreso con factura

  • Subvención: ➡️ Ingreso por subvención

Recargo de Equivalencia (RE)

  • Cliente particular: ➡️ Ingreso sin factura

  • Cliente que solicita factura: ➡️ Ingreso con factura

  • Subvención: ➡️ Ingreso por subvención


🔁 ¿Y si tengo varios regímenes?

  • RG + Exento:

    • Actividad RG: ➡️ Factura o simplificado según el caso

    • Actividad exenta: ➡️ Sin factura salvo que te apliquen retención

  • RG + RE:

    • Actividad RG: ➡️ Factura o simplificado según el caso

    • Actividad RE: ➡️ Sin factura salvo que te la pidan

  • RE + Exento:

    • Actividad exenta: ➡️ Sin factura salvo que te apliquen retención

    • Actividad RE: ➡️ Sin factura salvo que te la pidan

  • RG + RE + Exento:

    • Aplica la lógica anterior según cada actividad.

¿Ha quedado contestada tu pregunta?