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¿Qué es el Modelo 360?

¿Puedo recuperar el IVA de los gastos europeos si no estoy en el ROI?

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Escrito por Andrea Ramos
Actualizado hace más de un año

Este modelo sirve para que los autónomos puedan recuperar el IVA pagado por gastos de proveedores de la Unión Europea. Ahora bien, no todos los autónomos pueden presentarlo, sólo podrán hacerlo:

  1. Los que estén dados de alta en el Régimen general de IVA, o lo que es lo mismo debes aplicar IVA en tus facturas de ingresos. Si estás en Recargo de Equivalencia o exento de IVA no puedes presentar este Modelo 360.

  2. Tiene que ser un gasto relacionado con tu actividad de autónomo, y tener factura completa

Lo normal cuando tenemos compras intracomunitarias es que estemos dados de alta en el ROI para no pagar IVA en esas operaciones con proveedores de la UE. En ocasiones, si pasa un año y no declaramos operaciones intracomunitarias a través del Modelo 349 de oficio la propia Hacienda nos dará de baja en el ROI. O bien si no tenemos todavía compras europeas y no podemos estar en el ROI,

En estas ocasiones es interesante ser conocedor de la existencia del 360, para recuperar ese IVA.

Por ejemplo, si yo tengo clientes potenciales en Alemania y tengo que ir a visitarlos podré deducirme el IVA de los hoteles alemanes, restaurantes…. a través del Modelo 360 si no estoy dado de alta en el ROI.

Requisitos

  1. Estar dado de alta en el Régimen General de IVA

  2. Que el gasto esté relacionado con nuestra actividad de autónomo

  3. Tener factura completa a nuestro nombre

  4. En el país donde hemos realizado la compra no debemos ser residentes ni haber realizado operaciones que deban declarar en eses país, es decir, no puedo darme de alta en Hacienda francesa para declarar el IVA francés de los ingresos de mis clientes franceses.

Plazo

Esta declaración se puede presentar de forma trimestral o de forma anual, esto depende de las cantidades:

  • Si la haces trimestralmente se tiene que reclamar una cuota mínima de 400€, es decir el total de IVA que estás solicitando no puede ser inferior a cuatrocientos euros.

  • Si la haces anualmente tienes que reclamar una cuota mínima de 50€, es decir el total de IVA que estás solicitando no puede ser inferior a cincuenta euros.

Vamos a poner un ejemplo para que quede más claro:

Dylan con fecha 10-01-2022 compra un teléfono en Bélgica, que lo usa exclusivamente para su actividad de autónomo, por un total de 765€ correspondiendo a IVA una cantidad de 132,77€. En este caso Dylan, podrá recuperar ese IVA presentando el Modelo 360 el 10-01-2023 ya que el total de la cuantía que solicitará la devolución es inferior a los 400€ pero superior a los 50€.

¿Cómo se presenta ?

Se presenta online con tu certificado digital o clave pin a través de este enlace y tendrás que tener a mano la factura completa con los datos del proveedor y la fecha de la factura en concreto. Los datos que te pedirán son:

  1. Tus datos identificativos y de contacto

  2. Deberás indicar en el apartado de Domicilio tus domicilio en España

  3. En el apartado de Ámbito de establecimiento indicas la opción de “Establecido en el territorio de aplicación del IVA”

  4. En Actividades Económicas debes indicar tu IAE que tienes dado de alta para realizar esa actividad de autónomo, si no lo conoces puedes encontrarlo en tu certificado de situación censal con estos pasos.

  5. En los siguiente apartados indicarás el importe de IVA que solicitas que te devuelvan y el período desde que puedes solicitarlo.

En este documento Hacienda lo explica más detalladamente.

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