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Requisitos para solicitar la prestación por cese de actividad
Aspectos importantes para solicitar la prestación por cese de actividad por el coronavirus
Aspectos importantes para solicitar la prestación por cese de actividad por el coronavirus

En este artículo te resumo las consecuencias e información interesante tras solicitar la prestación por cese de actividad

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Escrito por Marta Zaragoza
Actualizado hace más de una semana

Debido a la gran cantidad de información que durante estas semanas estamos teniendo, es conveniente incluir en un único artículo los PRINCIPALES  ASPECTOS a tener en cuenta si vas solicitar la prestación por cese de actividad o ya lo has hecho. Estos son los más relevantes:

  • Se interrumpe el pago de la cuota de autónomos. Se paraliza el pago de las cuotas a la seguridad social y se dan por cotizados los meses en los que no pagarás la cuota de autónomo. Es como si la hubieses pagado y por tanto cotizado a la Seguridad Social pero sin haber pagado la cuota. 

  • Sigues teniendo la tarifa plana. Sí en el momento de solicitar la prestación por cese de actividad cotizabas con tarifa plana, no la perderás aunque no estés pagando las cuotas a la Seguridad Social por obtener la prestación por cese de actividad.

  • Cuota de Autónomo pagada en Marzo. Si has solicitado la prestación por cese de actividad pero la cuota de autónomos del mes de marzo te la ha cobrado, una vez admitido tu derecho a cobrar la prestación te tienen que devolver la parte proporcional calculada desde el 14 de marzo a 31 de marzo, por ser cuando se decretó el estado alarma. Por los días del 1 al 14 de marzo es correcto su pago.

  • Autónomos que piden la prestación por haber disminuido sus ventas. Los autónomos que no han cesado su actividad porque no tienen obligación de hacerlo pueden pedir la prestación por cese de actividad si han visto reducidos sus ingresos en un 75% respecto del semestre anterior y lo pueden justificar. Esta misma situación la pueden aplicar quienes hace poco que están dados de alta como autónomos. En este caso el requisito esencial es que estuviesen dados de alta de autónomo a fecha 14 de marzo de 2020. 

  • Estar dado de alta de autónomo el día que se decretó el estado de alarma y seguir siendo autónomo en el momento de la solicitud de la prestación por cese de actividad. Para tener derecho a la prestación por cese de actividad o bien porque tu actividad está dentro de la lista de las suspendidas por el Gobierno, o bien porque te han disminuido tus ventas, debes de estar dado de alta de autónomo el 14 de marzo de 2020, día en el que se decreto el Estado de Alarma y seguir siéndolo posteriormente. No puedes darte de baja. Una vez pedida la prestación la mutua revisará tu caso y te informará si te la aceptan o no.

  • No tengo 6 meses de actividad para calcular la minoración de mis ventas y poder solicitar la prestación por cese. Si eres un nuevo autónomo y quieres calcular si te han disminuido tus ventas para optar a la prestación, pero no tienes los 6 meses anteriores de actividad, sólo incluirás para el cálculo, los meses de actividad que tengas y lo dividirás por esos mismos meses. Ejemplo, si empezaste en Octubre, contarás desde Octubre hasta febrero para el calculo de la minoración

  • Mi mutua es FREEMAP y no se si han recibido mi solicitud. En sus instrucciones de como pedir la prestación por cese de actividad, te indica que debes de enviar un email con los documentos solicitados adjuntos, con acuse de recibo para tener constancia de que la has pedido y poder justificarlo frente a bancos, o cualquier otro organismo

  • No he podido pedir la prestación en Marzo ¿la pierdo?. No, sí cumples los requisitos para obtenerla da igual pedirla en Marzo o en Abril. De hecho quizás no la puedas justificar hasta el mes de Abril porque en Marzo has tenido facturación. También puedes pedirla dentro del mes de Abril. 

  • Caso de Pluriactividad. Si eres autónomo pero además trabajas para una empresa, para justificar que te han disminuido tus ingresos y optar por este motivo a la prestación por cese de actividad, sólo debes de tener en cuenta los ingresos de tu actividad como autónomo

¿Ha quedado contestada tu pregunta?