A veces, después de emitir una factura, puede que necesites corregir algún error o anularla por completo.
Para eso están las facturas rectificativas: documentos oficiales que permiten dejar constancia de esos cambios cumpliendo con la normativa.
⚠️ Importante: si ya has enviado la factura original a tu cliente, no puedes editarla, ya que la normativa exige que cualquier modificación se realice mediante una factura rectificativa.
Solo en casos muy puntuales, y tratándose de clientes habituales, podrías reflejar el ajuste en la siguiente factura que les emitas. En cualquier otro caso, deberás emitir una rectificativa.
📌 ¿Qué hacer según el estado de la factura?
Si aún no has enviado la factura al cliente: puedes editarla o borrarla directamente para corregir el error.
Si la has enviado pero no es válida (por ejemplo, contiene errores graves o no debía haberse emitido): deberás emitir una factura rectificativa.
Si el cliente es habitual: puedes rectificar el error en la próxima factura que le hagas.
¿Cuándo debo hacer una rectificativa?
Puedes usar una factura rectificativa si ya has enviado la factura a tu cliente y necesitas corregirla por alguno de estos motivos:
El cliente ha cancelado el servicio o devuelto el producto y quieres justificar la devolución.
Te has equivocado en la factura original: por ejemplo, en el importe, número de unidades, IVA, etc.
Has puesto al cliente equivocado: en ese caso, deberás rectificar toda la factura y emitir una nueva con los datos correctos.
La factura es incobrable: es decir, sabes que no vas a poder cobrarla y necesitas dejar constancia. (ojo, en estos casos tendrás que esperar 6 meses para poder solicitar el IVA).
ℹ️ Recuerda: solo puedes hacer una factura rectificativa a partir de una factura original que no haya sido ya rectificada antes.
Si el cliente al que vas a rectificar la factura es un cliente habitual también tienes la opción de hacer la rectificación en una nueva factura que hagas en el futuro y devolverle el importe en esa futura factura.
¿Cómo hacer una rectificativa en Declarando?
Ve al listado de ingresos y localiza la factura que necesitas corregir.
Haz clic en el botón “Rectificar factura”.
A continuación se abrirá un formulario donde elegirás si quieres rectificar toda la factura o sólo una parte:
Si quieres anularla completamente
Elige 'Toda la factura'
Seleccionar el motivo de la rectificación:
Puedes elegir entre dos motivos:Resolución, cancelación, devolución o descuentos: si has cancelado el servicio, devuelto productos o aplicado un descuento que no figuraba en la factura original.
Crédito incobrable: si tu cliente no ha pagado la factura y no tienes forma de cobrarla. Si eliges esta opción, consulta la siguiente parte para seguir los pasos para recuperar el IVA ingresado de tu factura.
Añadir, si quieres, alguna nota adicional.
Una vez completes el formulario, Declarando generará automáticamente la factura rectificativa.
Esta tendrá una numeración distinta a la original, con el formato
R[AÑO]-Nº(ej. R2025-001).👉 La numeración automática solo se aplicará si tienes activada la generación automática de facturas. Si trabajas con numeración manual, podrás modificarla tú.
En el resumen de la factura rectificativa:
Los importes aparecerán en negativo.
El IRPF se mostrará a cero.
Los datos del resumen no se pueden editar.
Los datos de la factura original (cliente, descripción, IAE, IVA, etc.) y puedes ver la factura original que estás rectificando.
Si quieres rectificar sólo una parte
Elige 'Solo una parte'
Sigue los pasos que te indica el formulario:
Una vez tengas la parte de la factura modificada debes indicar el motivo de la rectificación. Puedes elegir entre dos motivos:
Resolución, cancelación, devolución o descuentos: si has cancelado el servicio, devuelto productos o aplicado un descuento que no figuraba en la factura original.
Crédito incobrable: si tu cliente no ha pagado la factura y no tienes forma de cobrarla. Si eliges esta opción, consulta la siguiente parte para seguir los pasos para recuperar el IVA ingresado de tu factura.
Añadir, si quieres, alguna nota adicional.
Una vez completes el formulario y le des a "guardar", Declarando generará automáticamente la factura rectificativa y te aparecerá un aviso de que se ha creado correctamente. También la puedes enviar a tu cliente.

¿Qué pasa si lleva IRPF?
No te preocupes: aunque la factura rectificativa tenga el IRPF a cero, si tu cliente ya lo ha declarado en su modelo 111, esa cantidad queda registrada a tu favor en Hacienda. Podrás recuperarla en tu declaración de la renta.
Si la factura no se ha cobrado, ¿cómo puedo recuperar el IVA?
Si has emitido una factura, declarado su IVA y finalmente no la vas a cobrar, puedes recuperar ese IVA… pero solo si se cumplen estos requisitos:
Requisitos para poder recuperar el IVA
Tu cliente debe ser una empresa o autónomo. Si es un particular, la factura debe superar los 50 € sin IVA.
La factura debe estar registrada en tu contabilidad y el IVA haber sido declarado.
Han de haber pasado al menos 6 meses desde la fecha de emisión sin haber cobrado.
Debes haber reclamado oficialmente el pago (por ejemplo, con burofax, requerimiento notarial o judicial).
Pasos para recuperar el IVA
Haz una factura rectificativa que anule total o parcialmente la factura impagada y envíasela al cliente.
Comunícalo a Hacienda a través del formulario modelo 952.
Incluye la factura rectificativa en tu modelo trimestral de IVA. (Con Declarando, esto se hace automáticamente.)
📅 Plazo clave: tienes 3 meses desde que pasan los 6 meses del impago para emitir la factura rectificativa.
Ejemplo: Si emitiste una factura en noviembre de 2024 y no has cobrado nada hasta mayo de 2025, puedes emitir la rectificativa hasta agosto de 2025.
Cómo hacer la comunicación a Hacienda
Identifícate con certificado digital o Cl@ve PIN.
Rellena el formulario con:
Tus datos y los del cliente.
Detalles de la factura original.
Información de la factura rectificativa.
Marca la opción de crédito incobrable.
Indica el período y año de presentación.
Envía el formulario y descarga el justificante.
Sube la documentación adicional (factura rectificativa + documento de reclamación) al portal de Aportar documentación complementaria de Hacienda.
¿Y si luego cobras?
Si tras emitir la rectificativa finalmente cobras o llegas a un acuerdo, debes rectificar al alza:
Si el cliente es una empresa o autónomo, emite una nueva factura que recupere el importe original.
Si es un particular, tienes un mes para ajustar la factura rectificativa y restablecer el importe inicial.



