Si pagas la anualidad por alimentos a favor de tu hijo porque así te se ha impuesto por decisión judicial, debes declarar este importe en tu renta como “rendimiento de trabajo” en la casilla 0456.
Esta información debes introducirla manualmente, porque no aparece en tus datos fiscales, pinchando sobre el lápiz que te aparece al lado.
Debes tener en cuenta que no debes indicar a tu hijo en tu apartado de datos identificativos, ya que no te corresponde el mínimo por descendientes y tampoco puedes presentar la renta conjunta.
Solamente deben rellenar este apartado los progenitores que paguen las anualidades por alimentos, quienes reciben dicho importe están exentos de declararlo en renta.