Lo que cambia este año
Antes de empezar, hay algunas cosas importantes que te van a facilitar mucho el proceso:
Ya no tendrás que copiar datos. Podrás descargar un archivo listo para subir a Hacienda y presentar tu renta en minutos.
Tus datos estarán completos. Trabajamos con lo que tienes en Declarando y también con tus datos oficiales de Hacienda.
Te guiamos según tu situación. Analizamos tu caso y te indicamos la mejor forma de presentar tu renta.
Cómo funciona el proceso
Todo se resume en 3 pasos:
Analizamos tu situación. Conectamos con Hacienda y revisamos tus datos.
Clasificamos tu renta. Puede ser sencilla o necesitar una revisión detallada.
Te guiamos para presentarla. Según tu caso, te llevaremos por un camino u otro.Y lo mejor: no tienes que decidirlo tú. Nosotros te guiamos 👇
✅ Si tu renta es sencilla
La vas a poder presentar en minutos:
Descargas tu archivo XML listo para Hacienda
Lo subes en su página web
Adjuntas el justificante y listo, renta presentada
Si lo prefieres, también puedes hacerlo por tu cuenta con tu informe de Declarando.
🤓 Si necesita revisión
Aquí tienes dos opciones:
Dejarlo en manos del mentor: un mentor preparará y presentará tu renta por ti.
Hacerlo por tu cuenta: con tu informe de Declarando como guía.
Tú eliges el nivel de ayuda que necesitas.
Con todo esto, ya tienes claro cómo funciona y qué puedes esperar. Ahora vamos a resolver las dudas más habituales 👇
Preguntas frecuentes
ℹ️ Generales
Cómo revisar la casilla 604
Cómo revisar la casilla 604
La casilla 604 ("Pagos fraccionados ingresados - actividades económicas") recoge los importes que has pagado a través de los modelos 130 durante el año (trimestres 1T, 2T, 3T y 4T).
Puntos clave para revisar:
Si no presentas modelo 130 te aparecerá vacía.
Relleno automático: Esta casilla se completa automáticamente por Hacienda. Puedes buscarla directamente en el buscador y te aparecerá de esta forma:
Verifica la suma: Lo normal es que la cifra coincida con la suma de todos los modelos 130 que has presentado y pagado durante el año.
Posibles discrepancias: Si no coincide, puede deberse a:
Has presentado el modelo 130 pero no lo has pagado (por ejemplo, si lo presentaste como predeclaración sin certificado digital o clave PIN y olvidaste ir al banco).
Has solicitado un aplazamiento del pago. En este caso, revisa cuántas cuotas has pagado para indicar el importe correcto en la casilla 604
¿Y si trabajo por cuenta ajena? ¿Cómo puedo ver si está incluido?
¿Y si trabajo por cuenta ajena? ¿Cómo puedo ver si está incluido?
Ve a apartados de la declaración:
Datos económicos - Rendimientos del trabajo:
En la casilla 003 te aparecerá el bruto que has cobrado de tu trabajo por cuenta ajena. Verás que te aparece automáticamente rellenado. Puedes comprobar tanto el burto como las retenciones con el certificado de retenciones que te haya dado la empresa.
¿Tengo derecho a alguna deducción?
¿Tengo derecho a alguna deducción?
Te recomendamos que cuando tengas todos los datos añadidos en el rentaweb revises si tienes derecho a alguna deducción autonómica antes de presentar la renta.
Te aparecerá como aviso, pinchas en “ir al aviso” y te llevará a las deducciones autonómicas que existen en tu Comunidad. Si quieres saber más sobre las deducciones autonómicas de este año te damos información en este articulo
¿Cómo saber si mi renta está presentada?
¿Cómo saber si mi renta está presentada?
Una vez hayas introducido todos los datos de tu actividad económica junto con el resto de datos a declarar y hayas comprobado que está correcto tienes que pinchar en “presentar declaración”.
Te aparecerá tu cuenta bancaria registrada, comprueba que es la cuenta en la que quieres hacer el pago o solicitar la devolución en caso de que te haya salido a devolver.
Pinchas en “aceptar”, “continuar” y te aparecerá un justificante del modelo 100 como este, guárdatelo y súbelo a Declarando.
¿Por qué me puede salir a devolver o a pagar en la Renta?
¿Por qué me puede salir a devolver o a pagar en la Renta?
El resultado de tu declaración de la renta (a devolver o a pagar) depende de la diferencia entre:
Lo que deberías haber pagado: La cuota líquida total que te corresponde según tus ingresos, gastos y deducciones del año.
Lo que ya has pagado: Las retenciones que te han practicado en nómina, facturas, o los pagos fraccionados (modelo 130) que has ingresado trimestralmente.
Te sale a devolver cuando:
Has pagado más de lo que te correspondía durante el año (por exceso de retenciones o pagos fraccionados superiores a la cuota final).
Tienes derecho a deducciones que reducen significativamente tu cuota (por ejemplo, deducciones autonómicas, por maternidad, vivienda habitual, etc.).
Si tu declaración de la renta ha salido a devolver, Hacienda tiene un plazo de 6 meses desde la finalización del plazo de presentación (30 de junio) para realizar el ingreso en tu cuenta bancaria.
¿Cómo saber el estado de mi devolución?
Puedes consultar el estado de tu devolución en la página de la Agencia Tributaria con tu certificado digital accediendo a “mis expedientes”.
Consejo: Asegúrate de que la cuenta bancaria que has indicado en tu declaración esté activa y sea correcta. Si hay algún error en el IBAN, la devolución puede retrasarse significativamente.
Te sale a pagar cuando:
Las retenciones o pagos fraccionados que has realizado son insuficientes para cubrir la cuota total que te corresponde.
Has tenido ingresos con pocas o ninguna retención (por ejemplo, si facturas sin retención o has tenido rentas del ahorro sin retenciones previas).
Has tenido varios pagadores durante el año y ninguno ha retenido lo suficiente.
Consejo: Revisa todas las casillas de retenciones (en rendimientos del trabajo, actividades económicas, etc.) y comprueba que coincidan con tus certificados y modelos presentados durante el año.
¿Puedo presentar la Renta conjunta?¿Cuándo conviene?
¿Puedo presentar la Renta conjunta?¿Cuándo conviene?
La declaración conjunta permite a matrimonios y parejas con hijos presentar una única declaración de la renta, sumando todos sus rendimientos e integrando a los hijos que cumplan los requisitos.
Requisitos para presentar la renta de forma conjunta:
Estar casados y no separados legalmente, o ser pareja con hijos
Ambos cónyuges deben tributar en el mismo territorio (misma Comunidad Autónoma)
Pueden incluirse los hijos menores de edad y los mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada
¿Cuándo conviene hacer la declaración conjunta?
La declaración conjunta puede ser más favorable en estos casos:
Cuando uno de los cónyuges no tiene ingresos o tiene ingresos muy bajos: La suma de rentas puede resultar en una base imponible menor tras aplicar el mínimo personal y familiar.
Cuando hay hijos a cargo: La declaración conjunta permite aplicar el mínimo por descendientes de forma más ventajosa.
Rentas del trabajo moderadas: Si ambos tienen rentas del trabajo similares y no muy elevadas, la conjunta puede reducir la progresividad del impuesto.
¿Cuándo NO conviene hacer la declaración conjunta?
Ambos cónyuges tienen rentas altas: La suma puede elevar la base imponible y aplicar tipos marginales más altos.
Uno de los cónyuges tiene deducciones significativas: Algunas deducciones autonómicas o estatales pueden aprovecharse mejor en declaraciones individuales.
Rentas de actividades económicas elevadas: Puede resultar más beneficioso tributar de forma individual.
Consejo práctico: El sistema Renta Web de la Agencia Tributaria te permite simular ambas opciones (individual y conjunta) antes de presentar. Hazlo siempre para comparar cuál te resulta más favorable.
¿Cómo presentarla en Renta Web?
Accede a tu borrador en Renta Web
En la primera página, selecciona "Declaración conjunta" en el apartado de modalidad de declaración
Introduce los datos fiscales de tu cónyuge (DNI/NIE) y su nº de referencia
El sistema calculará automáticamente si te conviene más la modalidad conjunta o individual
Revisa los resultados y elige la opción más favorable antes de presentar
Aquí te dejo un vídeo donde lo explicamos mejor.
¿Puedo fraccionar o aplazar el pago de la renta?
¿Puedo fraccionar o aplazar el pago de la renta?
Si tu declaración ha salido a pagar, tienes varias opciones para realizar el ingreso:
1. Fraccionamiento en dos plazos (sin intereses)
Primer plazo (60%): Se carga automáticamente al presentar la declaración o en la fecha límite de presentación si es posterior.
Segundo plazo (40%): Se carga el 5 de noviembre del mismo año.
Sin coste adicional: No se aplican intereses ni recargos por elegir esta opción.
Cómo activarlo: Al presentar la declaración, marca la opción de "domiciliación bancaria" y señala "pago fraccionado".
2. Aplazamiento o fraccionamiento (con intereses)
Si necesitas más tiempo para pagar, puedes solicitar un aplazamiento o fraccionamiento a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria:
Aplazamiento: Retrasa el pago completo a una fecha posterior.
Fraccionamiento: Divide el pago en varias cuotas mensuales (generalmente hasta 12 o más meses).
Intereses de demora: Se aplicarán intereses de demora sobre el importe aplazado o fraccionado (el tipo actual es del 4,0625% anual).
Cómo solicitarlo: Debes presentar la declaración primero y después solicitar el aplazamiento/fraccionamiento desde tu área personal en la web de la Agencia Tributaria.
Consejo: Si sabes que vas a necesitar más tiempo, utiliza el fraccionamiento en dos plazos sin intereses. Solo si necesitas más de 6 meses, recurre al aplazamiento con intereses.
📑 Del informe de renta
¿Tengo derecho a la reducción por inicio de actividad?
¿Tengo derecho a la reducción por inicio de actividad?
Si iniciaste tu actividad como autónomo en 2025 o 2024, puedes aplicarte una reducción del 20% sobre los beneficios de tu actividad en tu declaración de la renta.
Requisitos principales:
Haberte dado de alta como autónomo en 2025 o 2024
Haber obtenido beneficios (rendimiento neto positivo en la casilla 0224)
No haber ejercido ninguna otra actividad el año anterior al inicio
¿Cuándo NO puedes aplicarla?
Si el año anterior estuviste dado de alta y te diste de baja
Si estuviste de alta como autónomo en otro país
Si tus beneficios superan los 100.000 € anuales
Si más del 50% de tus ingresos proceden de tu antiguo empleador
Duración: Solo los dos primeros años con rendimiento neto positivo.
Dónde marcarla: Señala "Rendimiento neto reducido" ([0224] - [0225] - [0236]) en la página 8 de tu declaración. La reducción aparecerá en la casilla 234.
¿Qué son los gastos de difícil justificación?
¿Qué son los gastos de difícil justificación?
Los gastos de difícil justificación son una cantidad que se puede deducir automáticamente en tu declaración de la renta si estás en estimación directa simplificada, sin necesidad de aportar facturas ni justificantes específicos.
¿Cuándo se aplican?
Solo si tributas en estimación directa simplificada
Si has obtenido un rendimiento neto positivo (C221 es positiva) en tu actividad
No aplica si estás en estimación directa normal o en módulos
¿Cómo se calculan?
Se calcula automáticamente como el 5% del rendimiento neto (ingresos - gastos) positivo previo, con un límite máximo de 2.000 € anuales.
Dónde aparece: esta cantidad se refleja automáticamente en la casilla 222 si cumples los requisitos.






