El IVA es un impuesto que no se subvenciona, según el artículo 19 de la orden reguladora del Kit Digital.
El beneficiario del Kit Digital debe adelantarlo. Pero no te preocupes, porque el IVA es totalmente deducible.
Los autónomos con una actividad exenta de IVA o que residen en las Islas Canarias, recuperan el IVA a través de la declaración de la renta.