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Como afecta a mi Renta de 2023 un inmueble que tengo vacío

Te explicamos lo que pagas en tu renta por un inmueble sin alquilar o que no lo usas en tu actividad de autónomo.

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Escrito por Maria
Actualizado hace más de 6 meses

El impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) se calcula, entre otras cosas, teniendo en cuenta varios ingresos, no solo los procedentes de tu actividad como autónomo.

Además, el IRPF también tiene en cuenta tu patrimonio, es decir, casas o pisos (inmuebles) sin uso o vacíos.

Cuando tienes un inmueble vacío, este tributará en tu IRPF como “imputación de renta inmobiliaria”.

A continuación te explicamos más detalles.

Requisitos para que tu inmueble tribute como renta inmobiliaria

Para que un inmueble tribute como imputación de renta inmobiliaria es necesario que cumpla los siguientes requisitos:

  • Que sea un inmueble urbano (casa o piso) o un terreno rústico que tenga dentro de su parcela una construcción que no se use para una actividad agrícola o ganadera. Por ejemplo: una granja no cumpliría este requisito.

  • Que el inmueble no se use para trabajar. Por ejemplo: un almacén con material de trabajo o una tienda para vender productos.

  • Que el inmueble no esté alquilado.

  • Que el inmueble no sea tu vivienda habitual.

Cómo calcular la tributación de un inmueble en tu renta

De modo general, si el inmueble cumple los requisitos antes mencionados, tributará en tu declaración de la renta al 2 % de su valor catastral.

Su valor catastral lo encontrarás en el recibo de la contribución o del impuesto de bienes inmuebles (IBI).

De manera más específica, el resultado de aplicar el 2 % de su valor catastral se prorrateará por el número de días del año en el que tu inmueble ha estado vacío o sin uso.

IMPORTANTE: Si se trata de municipios con valores catastrales revisados o valorados, el porcentaje será el 1,1 por ciento

Ejemplo de cálculo

Imagina que has alquilado una casa durante los primeros 6 meses del año 2023 y los 6 meses siguientes ha estado vacía.

La regla del 2 % sobre el valor catastral solo la aplicarías a esos 6 últimos meses.

Por tanto, tu renta quedaría así, suponiendo que esa casa tuviese un valor catastral de 10.000 €:

  • Calculas el 2 % de 10.000 €. El resultado es: 200 €.

  • Multiplica estos 200 € por 6 meses (1.200 €).

  • Divide el resultado de esta multiplicación por 12 meses (100 €).

100 € sería lo que pagaría en tu renta por esa casa.

Otros aspectos a tener en cuenta en el cálculo

Para calcular la tributación de un inmueble vacío, además de todo lo explicado hasta aquí, ten presente los siguientes aspectos:

  • El porcentaje de titularidad que tengas sobre el inmueble.

  • Quién tenga el derecho al uso (el usufructuario), como ocurre con las rentas de alquiler.

Sobre este último punto, sirve como ejemplo la siguiente situación: cuando fallece uno de los cónyuges y el hijo hereda la nuda propiedad, pero el uso lo mantiene el otro cónyuge.

En este caso será el usufructuario (el cónyuge viudo) quien tribute en el IRPF por la imputación de rentas.

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